¿SE PUEDE GEOLOCALIZAR A UN TRABAJADOR?

29-04-2021

INTRODUCCIÓN

¿SE PUEDE GEOLOCALIZAR AL TRABAJADOR?

¿SE PUEDE PONER GPS AL VEHÍCULO DEL TRABAJO?

REQUISITOS PARA UTILIZAR GPS O GEOLOCALIZAR

¿QUÉ DERECHOS SE VULNERAN CON LA GEOLOCALIZACIÓN O GPS?

CONCLUSIÓN

 

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INTRODUCCIÓN

En muchas ocasiones sucede que la empresa exige a los trabajadores el uso de aplicaciones móviles para el desarrollo de su trabajo. En muchos de esos casos, las aplicaciones deben ser instaladas en sus aparatos telefónicos personales, y en determinadas situaciones, esas aplicaciones implican obtener, por parte de la empresa, una geolocalización de sus trabajadores.

En esta entrada, analizamos la legalidad de esta práctica, a raíz de la Sentencia del Tribunal Supremo, de 8 de febrero de 2021, en el caso de geolocalización de Telepizza.

 

¿SE PUEDE GEOLOCALIZAR AL TRABAJADOR?

Para responder a esta pregunta deben tener en cuenta diversas variables.  

Es decir, si se geolocaliza a un trabajador se estaría muy próximo a vulnerar el derecho a la intimidad, derecho fundamental consagrado en la Constitución Española.

En todo caso, según se desprende de la interpretación que vienen dando los tribunales, se deben tener en cuenta dos cuestiones:

Por un lado, la finalidad de la utilización del GPS debe ser proporcional al objetivo que se quiera conseguir.

Por otro lado, el trabajador debe tener conocimiento de ello, y la geolocalización debe finalizar con su jornada laboral.

 

¿SE PUEDE PONER GPS AL VEHÍCULO DEL TRABAJO?

Efectivamente. Se puede poner un GPS o utilizar mecanismos de geolocalización a coche, furgoneta, motocicleta o cualquier vehículo que sea de la empresa y se utilice para cuestiones laborales. Así mismo, el Tribunal Supremo (TS) entiende que también es posible geolocalizar la tableta de la empresa

En este caso, lo relevante es tener en cuenta que el GPS o la geolocalización se debe instalar en una herramienta de uso de la empresa, únicamente en horario laboral, y con información previa a la persona que utilizará la herramienta.

 

REQUISITOS PARA UTILIZAR GPS O GEOLOCALIZAR

Para que la empresa pueda utilizar las herramientas de GPS o sistemas de geolocalización, deben tenerse en cuenta una serie de requisitos, además de un análisis pormenorizado de las circunstancias,  objetivos, consecuencias y derechos. Entre los requisitos a tener cuenta podemos mencionar que:

a) Proporcionalidad. Es importante escoger la opción en que se obtenga el mismo resultado y resulte menos invasiva en la intimidad de la persona trabajadora. Es decir, toda empresa debe barajar si existe otra manera de obtener el mismo objetivo.

b) Información. El trabajador debe estar informado de la existencia de un sistema de geolocalización.

c) Ajenidad. Los medios los debe poner la empresa, por lo que no es posible solicitar al trabajador la utilización de medios personales para lograr la geolocalización. En ese caso, la empresa debe abonar los gastos de compensación.  

d) Legalidad. La medida debe respetar la tanto la Ley vigente como los convenios colectivos o demás normativas aplicables. En determinados supuestos, es necesaria la consulta al comité de empresa.

 

¿QUÉ DERECHOS SE VULNERAN CON LA GEOLOCALIZACIÓN O GPS?

En caso de que la geolocalización o instalación de dispositivos GPS no se produzca con todas las garantías legales y se lleve a cabo al margen de la ley, la empresa puede encontrarse ante una vulneración por su parte del derecho a la intimidad.

En este sentido, los distintos tribunales entienden que:

  1. Instalar GPS en un vehículo particular sin conocimiento ni consentimiento del propietario, vulnera el derecho fundamental a la intimidad.
  2. Obligar a los trabajadores a descargar una Aplicación Móvil a través de la cual serán geolocalizados, supone una vulneración del derecho a la intimidad.
  3. Instalar sistema de geolocalización, por el que se obtienen datos, sin informar al trabajador de la finalidad real de dicho sistema, supone una vulneración del derecho fundamental a la intimidad.
  4. Instalar GPS a la flota de vehículos de la empresa, siendo los trabajadores previamente informados, no vulnera el derecho a la intimidad.
  5. Instalar un sistema de geolocalización a una Tablet de la empresa, con el objetivo de conocer su ubicación y habiendo sido informados los trabajadores, no supone una vulneración del derecho a la intimidad.

 

CONCLUSIÓN

La utilización de mecanismos de geolocalización o herramientas GPS no supone una vulneración del derecho fundamental a la intimidad siempre y cuando no exista otra forma de lograr el mismo objetivo que se pretende de una forma menos intrusiva para el trabajador, exista proporcionalidad entre la medida y el objetivo final, la medida no implique aportación de medios por parte del trabajador, y el trabajador haya sido correctamente informado de la instalación de los mecanismos GPS o de geolocalización (tanto de la instalación como de la finalidad).

 

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Equipo Legal

Fortuny & Associats